“…sintetizo sin reproducir la extensa argumentación de Spinoza:
a) Que la libertad de
pensamiento y comunicación es una necesidad y un derecho: cada uno es dueño de
sus pensamientos, y no hay poder capaz de impedirlo. Por otra parte, es
irreprimible la tendencia de los hombres a comunicarse («a decir y enseñar lo
que piensa»), y esa libertad es condición de progreso de las ciencias y las
artes.
b) Que esa libertad es compatible con la autoridad. Más
aún, que las leyes contrarias a ella, no sólo son violencia («será un gobierno
violentísimo aquél en que se niegue a cada uno la libertad de decir y enseñar
lo que piensa», o «cuanto menos se concede a los hombres la libertad de pensar
más se les aparta de su natural estado y, por consecuencia más violentamente se
reina»), sino además, inútiles, y aun gravemente perjudiciales para el bien de
la sociedad y del Estado, porque, y con esto verdaderamente se alcanza el
nervio de la argumentación y, al menos en mi opinión, la diferencia básica con Rousseau,
con ello se originarían dos efectos perversos:
1.- La corrupción de la sociedad: si
efectivamente se consiguiera evitar que los hombres pudieran expresar lo que
piensan cuando ello es contrario a la voluntad del soberano (y, adviértase,
esto no es un supuesto fácil cuando el soberano es democrático, según SPINOZA)
«no podrá conseguirse nunca que piensen sino aquello que quieren. De esto se
deduce necesariamente que los hombres pensarán de una manera y hablarán de otra
y, por tanto, que la fe, tan necesaria en el Estado, se irá corrompiendo y
alcanzando favor la adulación abominable y la perfidia, de donde seguirían los
engaños y la corrupción de todas las buenas costumbres».
2.- La eliminación de un caudal
importante para la sociedad: los hombres honrados, los espíritus libres (los
disidentes): «¿Qué mal mayor puede escogerse para un Estado que ver hombres
honrados condenados como criminales al destierro, porque piensan de diversa
manera e ignoran el fingimiento? ¿Qué, repito, más pernicioso que conducir a la
muerte y considerar como enemigos a hombres que no han cometido crimen ni
delito alguno, sino tener el pensamiento libre...?»
c) Por fin, y esto es la conclusión más importante,
libertad de pensamiento y poder soberano del pueblo son compatibles: «Aquello
que no puede prohibirse debe concederse, aunque por este motivo con frecuencia
pueda seguirse algún perjuicio». hemos
visto que todos se obligan con su pacto a obrar según la voluntad común, pero
no a juzgar y a pensar de ese modo; es porque los hombres no pueden todos pensar
del mismo modo, y pactan que tenga fuerza de ley aquella que reúna más sufragios, conservando sin embargo, autoridad
bastante para derogarla si encontrasen otras disposiciones mejores». Es cierto que, como
confiesa Spinoza, «de tal libertad podrán
nacer algunos inconvenientes», pero ¿cuándo no? Por otra parte, esos
inconvenientes pueden ser «evitados por la voluntad del soberano», y, como concluye
con frase lapidaria, «El que pretende determinar todas las cosas con leyes, más
bien irrita los vicios que los corrige»
Javier de Lucas
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